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Escrito por: Antonio Javier Sánchez Martínez
La Oficina Nacional de Administración Tributaria en Cumanayagua reitera que el Impuesto sobre el Transporte Terrestre, o como se conoce en la población el pago de la chapa, se realiza dentro de los primeros nueve meses de cada año fiscal como establece la Ley – 113 del Sistema Tributario Cubano.
Lucia LLanes Villalobos especialista del área de Asistencia al Contribuyente, informó que esta legislación regula un beneficio fiscal por pronto pago del 20% para quienes cumplan con esta obligación antes del 28 de febrero.
La funcionaria agregó que a partir del primero de marzo los contribuyentes dejaron de tener derecho a este beneficio, pero no serán sujetos de sanciones hasta el treinta de septiembre, fecha en que vence el plazo establecido en la ley.
Es necesario que cada propietario de vehículo tenga presente que para realizar cualquier trámite legal en la Notaría, Dirección de Tránsito, u otro que tenga relación con su vehículo, ya sea para compraventa, donación o cambio de circulación debe presentar el comprobante de pago de este impuesto.
La Oficina de la Administración Tributaria en Cumanayagua está en condiciones de atender a todos los contribuyentes que requieran los servicios fiscales y aclarar las dudas que puedan presentar, para lo que deberán presentarse en la sede de la entidad.
