Fiscalía de Cuba califica como delitos sucesos ocurridos tras huracán (+ Video)
La Fiscalía General de la República aclaró hoy que los hechos cometidos en detrimento del orden público y la tranquilidad ciudadana en Cuba no guardan relación con los preceptos constitucionales y resultan delitos según la ley vigente.
Durante el espacio televisivo Hacemos Cuba, conducido por el comunicador y abogado Humberto López, el vicefiscal general Marcos Caraballo, mencionó que la Carta Magna reconoce los derechos de reunión, manifestación y asociación con fines lícitos y pacíficos.
Pero, esos actos ocurridos tras el paso del huracán Ian e investigados por fuerzas del Ministerio del Interior, constituyen reclamos violentos, mediante el empleo de ofensas, agresiones, daños a las propiedades y, en casos graves, niños y niñas en la comisión de esas violaciones.
Una nota difundida el 14 de octubre último, informa sobre la realización de acciones preventivas y de advertencia con los padres que utilizaron a sus hijos menores de edad, al colocarlos en escenarios de riesgo y descuidar sus deberes de protección, asistencia, educación y cuidado.
Según refiere la institución gubernamental, los acontecimientos en proceso de pesquisa recibirán la respuesta jurídico penal correspondiente y los imputados tendrán asegurado el respeto a sus derechos y garantías constitucionales del debido proceso.
Por mandato del artículo 156 de la Carta Magna, la Fiscalía General posee como misión fundamental el control de la indagación penal y el ejercicio de la acción penal pública en representación del Estado y velar por el estricto cumplimiento de la Constitución.
También vigila el acatamiento de las demás disposiciones legales por los órganos del Estado, las entidades y los ciudadanos y, en el marco de la legalidad, la protección de los intereses del país caribeño y los derechos de los integrantes de la sociedad.
Según el letrado, entre las obligaciones de la fiscalía y de los órganos de investigación está la búsqueda de las pruebas necesarias para demostrar la comisión del acto, las circunstancias relacionadas con el mismo y la responsabilidad o no de los imputados.
Caraballo argumentó que los videos divulgados en plataformas digitales experimentan procesos científicos y peritaje, para la validación de su legitimidad, el momento y los dispositivos empleados; así como, aludió al empleo de declaraciones de testigos, reconstrucción de los hechos y piezas de convicción.
La página oficial de ese órgano del Estado refleja entre las acciones el incendio de instalaciones, ejecución de actos vandálicos, cierre de vías públicas con la finalidad de impedir la circulación de vehículos y personas, agresiones y ofensas a funcionarios y fuerzas del orden, e incitación a la violencia.