Accionar judicial frente al hurto y sacrificio ilegal de ganado mayor en Cienfuegos

No es secreto. El hurto y sacrifico ilegal de ganado mayor (HSIGM) constituye uno de los delitos de mayor incidencia en Cienfuegos.

Según información ofrecida en el encuentro del mes de mayo al presidente de la República de Cuba, Miguel Díaz-Canel, esta manifestación representaba, al cierre del mes de abril, el 51 por ciento del total.

Pero no ha habido inmovilidad, ni mucho menos “paños tibios” con quienes quebrantan la legalidad y en busca de elementos acudimos ante la Esp. Mairobys Sarduy Alejo, presidenta del Tribunal Provincial Popular de Cienfuegos, quien accedió a dialogar al respecto con “5 de Septiembre”.

Esp. Mairobys Sarduy Alejo, presidenta del Tribunal Provincial Popular de Cienfuegos: “(…) se cumplen las garantías del debido proceso, los acusados reciben asistencia jurídica para ejercer sus derechos desde el inicio (…)” Foto: De la autora

Corresponde explicar que, en el Código Penal, Ley 151 de 2022, el delito de sacrificio ilegal de ganado mayor y tráfico de sus carnes, está previsto en el artículo 316, en sus 5 apartados.

“En el caso del apartado 1, se refiere a los que propiamente sacrifican el ganado mayor de manera ilícita, que contemplan penas de 4 a 10 años de privación de libertad; el apartado 2 al tráfico de las carnes (que comprende la venta el traslado, los trueques); el apartado 3 a aquellos propietarios o poseedores que sacrifiquen a sus animales sin autorización (se trata de aquel propietario que esté inscrito en el Control Pecuario (CENCOP), no aquellos que lo adquieran producto de la venta ilícita) o al que comercialice sus carnes; el apartado 4 se refiere al que a sabiendas adquiera carnes de ganado mayor sacrificado ilegalmente y el apartado 5 al que adquiera dichas carnes para suministrar a centros de elaboración, producción, comercio o venta de alimentos”, apunta Sarduy Alejo.

“La Ley establece también, en los casos en que corresponda sanciones accesorias para los comisores de este delito, tales como la privación de derechos, el comiso de los bienes ocupados, la prohibición de salida del país y de frecuentar lugares, entre otras, de las previstas en la referida legislación penal”.

Un total de 35 causas relacionadas con el HSIGM han sido radicadas en el Tribunal de Cienfuegos. Imagen tomada de Internet

¿Cuál ha sido el accionar judicial ante ese fenómeno que afecta a la economía local y nacional?

“Nuestros tribunales en Cienfuegos han radicado, en el transcurso del año 2023, un total de 35 causas, que están relacionadas con el delito de sacrificio ilegal de ganado mayor y otros asociados a este, díganse los delitos de hurto, robo con fuerza en las cosas y receptación, los que están distribuidos en los Tribunales Municipales Populares de Cumanayagua, Aguada de Pasajeros, Palmira, Abreus, Cruces, Cienfuegos y la Sala Primera de lo Penal, con mayor incidencia en esta última estructura provincial, al corresponder el 45.7% de los 35 casos a su radicación.

Expone la presidenta de la instancia judicial provincial que “todos los asuntos de conocimiento en nuestros órganos judiciales, se encuentran cumpliendo los plazos establecidos en la Ley para su tramitación, se cumplen las garantías del debido proceso, los acusados reciben asistencia jurídica para ejercer sus derechos desde el inicio del proceso, aportan los medios de prueba pertinente; derechos que también disfrutan las víctimas (propietarios de estos ganados)”.

Importante resulta que los casos juzgados y sancionados parten de la demostración de la responsabilidad penal a partir del resultado de la práctica de las pruebas durante el acto de juicio oral; además la posibilidad de interponer los recursos pertinentes de apelación y casación según corresponda, contra las resoluciones judiciales.

¿Las sanciones concretamente en qué han consistido?

“En las tipicidades delictivas que hemos mencionado y que tienen alguna relación con el delito de sacrificio ilegal de ganado mayor en sus distintas modalidades, se significa que al 86.4% de los sancionados se les impuso por nuestros tribunales penas que implican el encierro, y de ellas es la privación de libertad la de mayor aplicación; tanto en las modalidades de adquisición y tráfico como del sacrificio del ganado.

“El 15.7% fueron penados con sanciones alternativas que no implican internamiento, en estos casos de trabajo correccional sin internamiento, por modalidades puntuales que no son propiamente las de dar muerte a los animales y se conocen en los Tribunales Municipales.

Además de las sanciones principales también les fue impuesta a los sancionados, sanciones accesorias como la privación de derechos, el comiso de instrumentos utilizados en la perpetración del delito y la prohibición de salida del territorio nacional”.

Finalmente apunta la  Presidenta del Tribunal Provincial de Cienfuegos que en  los casos juzgados existe una respuesta penal en correspondencia con la necesaria individualización y proporcionalidad, adecuando las sanciones con el debido rigor; en el marco establecido por la ley, atendiendo a la gravedad de los actos cometidos por sus responsables, las características de los comisores las consecuencias que de ellos se deriven para las personas y la sociedad en su conjunto, y la magnitud del daño material o moral, el perjuicio ocasionado o el riesgo de causarlo.

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