Llaman a cumplir decreto ley treinta y cinco, sobre comercialización de productos agropecuarios

La comercialización de las producciones agropecuarias debe ajustarse  a lo estipulado en el decreto ley treinta y cinco, el cual debe ser de estricto cumplimiento por parte de los productores  del municipio de Cumanayagua, como los del resto del país.

La asesora  jurídica de la Delegación Municipal de la Agricultura, explicó a la prensa que  las producciones contratadas de ciclo corto, como el tomate, la col, el plátano y el frijol  entre otros,  deben venderse a precios topados y en los lugares autorizados por las autoridades territoriales.

La legislación vigente estipula además, las regulaciones en cuanto al cumplimiento de los contratos,  su comercialización y los destinos  de las mismas, como una manera de  evitar el  desvío de las producciones fuera de los límites del municipio.

La asesora jurídica  enfatizó,  en que  la atención a los  asentamientos poblacionales que atienden, es de estricto cumplimiento y en caso de  cometerse infracciones de cualquier  tipo, serán notificados con las  multas y sanciones correspondientes.  

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