Llaman a cumplir decreto ley treinta y cinco, sobre comercialización de productos agropecuarios
La comercialización de las producciones agropecuarias debe ajustarse a lo estipulado en el decreto ley treinta y cinco, el cual debe ser de estricto cumplimiento por parte de los productores del municipio de Cumanayagua, como los del resto del país.
La asesora jurídica de la Delegación Municipal de la Agricultura, explicó a la prensa que las producciones contratadas de ciclo corto, como el tomate, la col, el plátano y el frijol entre otros, deben venderse a precios topados y en los lugares autorizados por las autoridades territoriales.
La legislación vigente estipula además, las regulaciones en cuanto al cumplimiento de los contratos, su comercialización y los destinos de las mismas, como una manera de evitar el desvío de las producciones fuera de los límites del municipio.
La asesora jurídica enfatizó, en que la atención a los asentamientos poblacionales que atienden, es de estricto cumplimiento y en caso de cometerse infracciones de cualquier tipo, serán notificados con las multas y sanciones correspondientes.